A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Municipio De Floridablanca·Demandado Barragan Acevedo Orlando
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones, entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado Quinto Civil Municipal de la misma ciudad por causa de una demanda ejecutiva, instaurada por el municipio de Floridablanca, Santander, con el fin de reclamar las costas judiciales a las que fue condenado un ciudadano, por el mismo despacho que se presenta esta demanda, en un anterior proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en contra del municipio.
Verificado el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a las previsiones del Auto 008 de 2022 y reitera la regla allí contenida, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por autoridades de la jurisdicción contencioso-administrativa, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a la misma autoridad de aquella jurisdicción, de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y 306 del CGP.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga conocer del proceso judicial promovido por el municipio de Floridablanca, Santander, en contra de Javier Barragán Acevedo.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5755 al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Bucaramanga y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.